Los Incoterms son las llamadas Reglas del Comercio Internacional. Establecidas por la Cámara de Comercio Internacional, sirven de base para establecer cuáles son las responsabilidades del comprador y del vendedor en una exportación o importación.

Dentro de los Incoterms, que fueron actualizados en enero de 2020 con interesantes novedades, hay una serie de reglas que se aplica al transporte marítimo o fluvial. Una de ellas es el llamado Incoterm FOB. ¿Cuáles son sus características? ¿Qué ventajas tienes?

 

 

Definición del Incoterm FOB

 

El término FOB es un acrónimo de Free on Board, o lo que es lo mismo, libre a bordo. Es un Incoterm utilizado en el transporte marítimo (o fluvial), uno de los más empleados ya que ofrece numerosas ventajas en relación al reparto de los riesgos que asumen la parte vendedora y la parte compradora.

El incortem FOB establece que el vendedor entrega la mercancía “a bordo de un buque” que designa el comprador en el puerto de embarque elegido.

Es un incoterm que tiene muchas similitudes con el FCA o Free Carrier (‘Transportista libre’).

 

Obligaciones del vendedor

El incoterm Free on Board establece las siguientes obligaciones para el vendedor de la mercancía:

 

  • Preparación: el vendedor debe ocuparse de la preparación de la mercancía del modo en que se refleje en el acuerdo de compra y venta. En este sentido, se responsabilizará de aspectos como el embalaje, el etiquetado,…
  • Transporte: será el responsable del transporte de la mercancía desde el puerto de origen definido hasta la entrega en el buque.
  • Documentación: se ocupa de aportar la documentación necesaria como la factura, el packing list, así como cualquier otro documento que sea relevante y esté acordado en el contrato. En el caso en el que el comprador solicite documentación extra para poder recepcionar la mercancia, el vendedor deberá colaborar con ello.
  • Notificación: tendrá que notificar al comprador la entrega de la mercancía en el buque asignado.
  • Despacho de exportación: si procede, será el vendedor quien se haga cargo de la documentación necesaria para realizar el despacho de aduanas en origen.

 

Obligaciones del comprador

El comprador, por su parte, asumirá las siguientes obligaciones en el caso del incoterm FOB:

 

  • Transporte marítimo: el comprador asume los costes y los riesgos del transporte marítimo.
  • Recepción en buque: a partir de que el vendedor entregue la mercancía en el buque convenido, el comprador asume los costes y los riesgos: transporte, despacho de importación y otros costes que surjan.
  • Impuestos y gastos: el comprador asume el pago de impuestos y aranceles así como todos los gastos que se origen en el territorio de llegada.
  • Despacho de importación: afronta el despacho de aduanas de la mercancía para su entrada en el país.

 

Ventajas del Incoterm FOB

El Incoterm FOB ofrece diversas ventajas para el comprador. Una de ellas es que se ahorra tener que gestionar toda la documentación necesaria en origen, como transportes locales, tasas, licencias, certificaciones,… Todo ello corre a cargo del vendedor.

Por otro lado, el comprador es quien se ocupa de la mercancía a partir de la recepción lo que le permite controlar toda la operativa en destino. Esto le facilita manejar los costes, las rutas,…

También decide cuál es el puerto de embarque y de llegada.

Eso sí, en caso de que sea necesaria la contratación de un seguro, sería el comprador quien asumiría este coste aunque tendría libertada para elegir la compañía que mayores garantías le ofreciera.