El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1013 de la Comisión, impone medidas provisionales para la salvaguardia de la siderurgia de la unión, ya que ha habido un aumento importante de las importaciones de determinados productos siderúrgicos, en el periodo que han analizado comprendido entre el año 2013 hasta el primer semestre de 2018.
Las medidas pretenden evitar una avalancha injustificada de importaciones y evitar que se produzcan desviaciones de tráficos comerciales, como consecuencia de las prácticas comerciales restrictivas en los mercados de terceros países, ya que han empezado a hacer un mayor uso de la política comercial para proteger sus productos nacionales.
México, Sudáfrica, India y Turquía han aplicado incrementos que oscilan entre el 2,5% y el 40% a los aranceles de importación de algunos productos siderúrgicos, entre otros, el acero laminado en caliente y en frío, algunos países introdujeron precios mínimos de importación como la India, y en Indonesia impusieron normas nacionales obligatorias, a esto se le suma que Estados Unidos ha tomado la decisión de cerrar su mercado a las importaciones procedentes de muchos países, por lo que los principales exportadores siderúrgicos podrían desviar sus producciones a la Unión.
Las medidas consisten en la apertura de contingentes arancelarios en relación con las importaciones a la Unión durante un periodo de doscientos días desde la entrada en vigor del reglamento, cuando se agote el contingente se aplicará un derecho adicional del 25% sobre el valor en aduana.
Las mercancías que se encuentren ya en camino hacia la Unión en la fecha de entrada en vigor del Reglamento, no estarán sujetas al derecho adicional.
Estas medidas entraron en vigor el día 19/07/ 2018
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